¿Entró a la DIAN, consultó su información exógena y encontró un ingreso que no reconoce, un valor duplicado o una cifra diferente a la de sus certificados?
No copie automáticamente esa información en su declaración de renta.
La propia DIAN explica que la información reportada por terceros sirve como ayuda y orientación, pero no reemplaza la realidad económica, jurídica y financiera del contribuyente.
Respuesta rápida
Si encuentra un posible error en su información exógena:
1. Identifique quién reportó el dato.
2. Compárelo con sus certificados, extractos y demás documentos.
3. Confirme si realmente existe una diferencia.
4. Si hay un error, contacte a la empresa, banco, empleador o persona que hizo el reporte.
5. Solicite la corrección directamente al informante.
6. Guarde los soportes de su solicitud.
La DIAN señala que no puede corregir directamente la información reportada por terceros. La corrección debe realizarla quien suministró originalmente el dato.
¿Qué es la información exógena de la DIAN?
La información exógena es información que diferentes personas, empresas y entidades reportan a la DIAN sobre operaciones económicas realizadas durante el año.
Para la declaración de renta que las personas naturales presentan en 2026, interesa especialmente la información correspondiente al:
Año gravable 2025
La DIAN habilitó la consulta de esta información desde el 21 de julio de 2026.
Entre quienes pueden reportar información están:
- empleadores;
- bancos;
- empresas;
- fondos;
- clientes;
- entidades financieras;
- notarías;
- y otros obligados a suministrar información a la DIAN.
Por eso, cuando consulta su información exógena, puede encontrar muchos datos relacionados con su actividad económica.
¿Qué información puedo encontrar?
Dependiendo de su situación particular, podría encontrar información relacionada con:
- salarios;
- honorarios;
- otros pagos recibidos;
- retenciones en la fuente;
- cuentas bancarias;
- intereses financieros;
- inversiones;
- consumos con tarjetas de crédito;
- compras;
- bienes inmuebles;
- operaciones notariales;
- y otros movimientos económicos reportados a su nombre.
Esta información puede ser muy útil para preparar la declaración.
Pero existe una regla fundamental:
Que un valor aparezca en la información exógena no significa que deba copiarlo automáticamente en su declaración.
Primero debe entender qué representa ese valor y si corresponde realmente a su situación.
¿Debo declarar exactamente lo que aparece en la información exógena?
No.
Este es uno de los errores más importantes que debe evitar.
La DIAN explica que la información exógena es una herramienta de orientación.
La responsabilidad de determinar correctamente la información de la declaración continúa siendo del contribuyente.
Por ejemplo:
Una empresa reportó que durante 2025 le realizó pagos por:
$30.000.000
Pero usted tiene certificados y soportes que muestran:
$15.000.000
No debería simplemente declarar $30 millones porque:
“Eso es lo que aparece en la DIAN”.
Primero debe investigar por qué existe esa diferencia.
Ejemplo sencillo: un ingreso aparece duplicado
Supongamos que Carlos trabajó para una empresa durante 2025.
Su certificado muestra:
Ingresos: $48.000.000
Pero al consultar su información exógena encuentra:
$96.000.000
Es exactamente el doble.
Carlos no debería declarar automáticamente los $96 millones.
Primero debería:
1. Revisar sus certificados.
2. Revisar los pagos realmente recibidos.
3. Identificar quién reportó los $96 millones.
4. Contactar a esa empresa.
5. Solicitar que revise la información enviada a la DIAN.
6. Pedir la corrección si efectivamente existe un error.
¿La DIAN puede corregir mi información exógena?
No directamente.
Este punto es fundamental.
Si el dato equivocado fue reportado por:
Un banco: debe revisarlo y corregirlo el banco.
Una empresa: debe revisarlo y corregirlo la empresa.
Un empleador: debe revisarlo y corregirlo el empleador.
Otra persona: debe revisarlo quien realizó el reporte.
La DIAN recibe la información, pero ha aclarado que no está facultada para modificar directamente los datos reportados por terceros.
¿Cómo sé quién reportó la información?
Cuando consulta su información exógena puede identificar al tercero que realizó el reporte.
Este dato es muy importante porque permite responder una pregunta sencilla:
¿A quién debo pedirle que revise este valor?
Si encuentra una inconsistencia, la DIAN indica que debe comunicarse con la persona natural o jurídica que suministró la información.
Errores que puede encontrar en su información exógena
1. Un ingreso que nunca recibió
Puede aparecer una empresa reportando un pago que usted no reconoce.
Antes de incluirlo en su declaración, identifique quién lo reportó y solicite una explicación.
2. Un ingreso aparentemente duplicado
Por ejemplo:
Según sus documentos: $25.000.000
Según los datos consultados: $50.000.000
Primero debe establecer si realmente existe una duplicidad o si los valores corresponden a conceptos diferentes.
3. Un valor diferente al certificado
Ejemplo:
Certificado: $60.000.000
Información exógena: $65.000.000
No debe asumir automáticamente que uno de los dos valores es correcto.
Debe conciliar la diferencia.
4. Una cuenta bancaria que no reconoce
Antes de concluir que existe un error, revise si puede corresponder a:
- una cuenta antigua;
- una cuenta conjunta;
- una inversión;
- otro producto financiero;
- o realmente un producto que no le pertenece.
Si definitivamente no lo reconoce, contacte a la entidad que realizó el reporte.
5. Información relacionada con un inmueble
Aquí debe tener especial cuidado.
Un valor relacionado con un inmueble que aparece en la información disponible en la DIAN no necesariamente es el valor que automáticamente debe llevar como patrimonio en su declaración de renta.
Para determinar el valor patrimonial deben aplicarse las reglas tributarias correspondientes y revisar los documentos del inmueble.
¿Qué pasa si un inmueble tiene varios propietarios?
Imagine un apartamento que pertenece a dos personas.
Que el inmueble aparezca relacionado en la información de una persona no significa automáticamente que esa persona deba declarar el 100 % del bien.
Debe determinarse, entre otros aspectos:
- quiénes son los propietarios;
- cuál es el porcentaje de participación;
- cuáles son los documentos que soportan la propiedad;
- y cuál es el valor patrimonial que corresponde declarar.
La DIAN advierte precisamente que la información disponible debe analizarse según la realidad jurídica y económica de cada contribuyente.
¿Qué pasa con una cuenta bancaria de varios titulares?
También requiere análisis.
Imagine una cuenta bancaria con dos titulares.
En la información disponible puede aparecer un valor relacionado con esa cuenta.
Eso no significa automáticamente que cada titular deba declarar el 100 % de los recursos como propios.
Debe establecerse quién es realmente el propietario de los recursos y contar con los soportes correspondientes.
¿Cuánto tarda en aparecer una corrección?
La corrección no necesariamente aparece inmediatamente después de que la empresa o entidad modifica su reporte.
La información oficial de la DIAN para la temporada de renta explica que las actualizaciones efectuadas por los informantes pueden requerir varios días para verse reflejadas en la consulta.
Por eso es recomendable revisar la información antes de que llegue su fecha de vencimiento.
Mi declaración vence y todavía no corrigieron el dato: ¿qué hago?
Esta es una situación muy importante.
Imagine:
Su declaración vence mañana.
Encontró un ingreso incorrecto.
La empresa reconoce que cometió un error y le confirma que realizará la corrección.
¿Debe dejar pasar automáticamente su fecha para declarar?
No.
La DIAN aclara que la información exógena es una herramienta de orientación y no es indispensable para presentar la declaración de renta.
La declaración debe construirse con base en la realidad económica, jurídica y financiera de la persona y con los soportes correspondientes.
Si existe una diferencia importante o difícil de explicar, conviene analizarla antes de presentar.
¿Tengo que esperar hasta que la información cambie en la DIAN?
No necesariamente.
Supongamos:
Una empresa reportó que le pagó:
$40.000.000
Pero realmente le pagó:
$20.000.000
La empresa reconoce el error por escrito, le entrega el certificado correcto y confirma que realizará la corrección.
Su obligación tributaria no se determina simplemente esperando que cambie una cifra en la pantalla de la DIAN.
Debe determinar correctamente su realidad económica y conservar los documentos que la soportan.
¿Qué pasa si la empresa no quiere corregir?
Documente la situación.
Guarde:
- certificados;
- extractos bancarios;
- contratos;
- comprobantes de pago;
- correos electrónicos;
- solicitudes de corrección;
- respuestas recibidas;
- cualquier otro documento que permita demostrar qué ocurrió realmente.
Esto puede ser importante porque usted debe estar en capacidad de explicar los valores incluidos en su declaración.
Si la diferencia es considerable, es recomendable revisar el caso antes de presentar.
¿Puedo pedirle a la DIAN que elimine directamente el dato?
Cuando la inconsistencia proviene de información reportada por un tercero, la DIAN señala que la corrección debe solicitarse al informante.
Por eso, el procedimiento práctico es:
Identificar quién reportó
↓
Comparar con sus documentos
↓
Confirmar la diferencia
↓
Contactar al informante
↓
Solicitar la corrección
↓
Guardar evidencia
↓
Presentar su declaración según su realidad económica
¿Qué diferencia existe entre información exógena y declaración sugerida?
Es importante no confundirlas.
Información exógena
Son datos que diferentes terceros han reportado a la DIAN sobre operaciones relacionadas con usted.
Declaración sugerida
Es una herramienta que puede contener información prediligenciada utilizando datos disponibles en los sistemas de la DIAN.
Pero existe algo que ambas tienen en común:
Usted debe revisar la información antes de presentar su declaración.
La declaración sugerida tampoco debe aceptarse automáticamente si contiene información que no corresponde a su realidad.
¿Puedo modificar la declaración sugerida?
Sí.
La DIAN permite revisar y ajustar la información para que corresponda a la realidad jurídica, económica y financiera del contribuyente.
La declaración sugerida funciona como una ayuda y su utilización es opcional.
Por eso:
“La DIAN lo puso ahí” no significa “estoy obligado a declararlo exactamente así”.
Primero debe verificarlo.
Información exógena vs. declaración sugerida
| Herramienta | ¿Qué es? | ¿Debo aceptarla automáticamente? |
|---|---|---|
| Información exógena | Datos reportados por terceros | No |
| Declaración sugerida | Información prediligenciada por la DIAN | No |
| Certificados y soportes | Documentos para comprobar su realidad | Deben revisarse |
| Declaración de renta | Declaración presentada oficialmente | Usted responde por su contenido |
La conclusión es sencilla:
La DIAN le proporciona herramientas, pero usted continúa siendo responsable de presentar correctamente su declaración.
¿La información exógena determina si debo declarar renta?
Puede ser una herramienta muy útil para analizarlo.
Pero no debe ser la única fuente utilizada.
Para determinar si una persona natural debe presentar declaración de renta por el año gravable 2025 deben revisarse las condiciones legales correspondientes, entre ellas las relacionadas con:
- patrimonio;
- ingresos;
- consumos mediante tarjetas de crédito;
- compras y consumos;
- consignaciones, depósitos o inversiones;
- responsabilidad frente al IVA, cuando corresponda.
Por eso primero debe analizarse la situación completa de la persona.
Un error puede hacerle creer que está obligado a declarar
Imagine esta situación:
Sus ingresos reales durante 2025 fueron:
$50.000.000
Pero una empresa que usted no reconoce reportó adicionalmente:
$30.000.000
Si simplemente suma todo lo que aparece, podría pensar que sus ingresos fueron:
$80.000.000
Eso podría afectar incluso su análisis inicial sobre la obligación de declarar.
Por eso:
primero verifique la información y después determine su obligación tributaria.
También puede ocurrir lo contrario
La información exógena puede no contener toda su realidad económica.
Imagine:
Realmente recibió durante el año:
$100.000.000
Pero al consultar la información exógena solamente encuentra:
$70.000.000
¿Puede declarar únicamente $70 millones porque eso es lo que aparece?
No.
La información exógena no reemplaza la realidad económica del contribuyente.
Si existen valores que deben incluirse legalmente en su declaración, no desaparecen simplemente porque un tercero no los haya reportado.
Paso a paso si encuentra un posible error
Paso 1. Consulte su información exógena
Ingrese al portal de la DIAN y consulte la información reportada por terceros correspondiente al año gravable 2025.
Paso 2. Revise registro por registro
No mire solamente los totales.
Identifique:
quién reportó + qué concepto reportó + cuánto reportó.
Paso 3. Compare con sus documentos
Revise, según corresponda:
- certificados laborales;
- certificados de ingresos y retenciones;
- extractos bancarios;
- certificados financieros;
- contratos;
- comprobantes;
- escrituras;
- certificados de inversiones;
- demás soportes.
Paso 4. Haga una conciliación
Puede construir una tabla sencilla:
| Concepto | Información consultada | Mis soportes | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Salario empresa A | $60.000.000 | $60.000.000 | $0 |
| Honorarios empresa B | $30.000.000 | $15.000.000 | $15.000.000 |
| Intereses banco C | $2.000.000 | $2.000.000 | $0 |
Así identifica rápidamente qué necesita investigar.
Paso 5. Contacte al informante
Si confirma una inconsistencia, comuníquese con quien realizó el reporte.
Paso 6. Solicite la corrección por escrito
Cuando sea posible, deje evidencia de su solicitud.
Esto es especialmente importante cuando su vencimiento está cerca.
Paso 7. Guarde los soportes
Conserve los documentos que permitan explicar la diferencia.
Paso 8. Revise nuevamente
Si el informante realiza la corrección, posteriormente puede verificar si la información fue actualizada.
Paso 9. Prepare su declaración con la información correcta
La finalidad no es lograr que:
“mi declaración sea exactamente igual a la exógena”.
La finalidad es que:
su declaración refleje correctamente su realidad tributaria y tenga los soportes necesarios.
Checklist antes de presentar su declaración de renta
☐ Consulté mi información exógena 2025.
☐ Comparé mis ingresos con los certificados.
☐ Revisé las retenciones en la fuente.
☐ Verifiqué mis cuentas bancarias.
☐ Revisé mis inversiones.
☐ Verifiqué mis bienes inmuebles.
☐ Identifiqué operaciones que no reconozco.
☐ Revisé las diferencias importantes.
☐ Contacté a quienes reportaron información incorrecta.
☐ Guardé los soportes de las solicitudes de corrección.
☐ Revisé mi declaración sugerida, si estaba disponible.
☐ Confirmé que mi declaración refleja mi realidad económica.
☐ Verifiqué mi fecha de vencimiento.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si mi información exógena tiene un error?
Identifique quién realizó el reporte, compare el valor con sus documentos y, si confirma la inconsistencia, comuníquese directamente con la persona o entidad que suministró la información para solicitar su corrección.
La DIAN no modifica directamente la información reportada por terceros.
¿Debo declarar exactamente lo que aparece en la información exógena?
No.
La información exógena funciona como herramienta de orientación y no reemplaza la realidad económica, jurídica y financiera del contribuyente.
¿La DIAN puede corregir un valor que reportó una empresa?
No directamente.
La corrección debe realizarla quien suministró originalmente la información.
¿Puedo presentar renta si todavía aparece el dato incorrecto?
La información exógena no es indispensable para presentar la declaración.
Debe determinar correctamente los valores que correspondan a su realidad y conservar los soportes necesarios. Si la diferencia es importante, conviene revisar el caso antes de presentar.
¿La declaración sugerida de la DIAN se puede modificar?
Sí.
Debe revisarla y ajustar la información que no corresponda a su realidad. La declaración sugerida es una herramienta de ayuda y su utilización es opcional.
¿Qué pasa si en la exógena aparece menos dinero del que realmente recibí?
Debe declarar correctamente los valores que legalmente correspondan.
Que determinada operación no aparezca en la información exógena no significa que pueda omitirla de su declaración.
¿Encontró diferencias en su información exógena?
No presente su declaración copiando automáticamente valores que no reconoce o que no entiende.
En declararenta.co podemos ayudarle a revisar:
información exógena + certificados + ingresos + patrimonio + declaración sugerida + declaración de renta.
Portal: declararenta.co
WhatsApp: 311 705 6977
Revisión técnica y tributaria
Maykol Stiven Ospina Acosta
Contador Público
Especialista en Finanzas
Magíster en Impuestos
Portal: declararenta.co
WhatsApp: 311 705 6977
Contenido revisado con base en la normativa tributaria colombiana y en la información oficial disponible para el año gravable 2025 y la temporada de declaración de renta 2026.
